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Estudio jurídico sobre la GPL v3 en España

editada por inniyah el Lunes, 19 Enero de 2009, 17:50h   Printer-friendly   Email story
desde el dept. situación-legal-del-Software-Libre
Sandra nos cuenta: «El despacho Sánchez-Crespo Abogados y Consultores ha publicado una nueva versión de su estudio sobre la validez jurídica de la licencia GPL en el marco normativo de los derechos de autor en España. En esta ocasión el estudio versa principalmente sobre la versión 3 de dicha licencia, aunque incluye otras licencias Open Source. Está disponible para su descarga gratuita.» Ante la pregunta "¿puedo ceder de manera tan amplia mis derechos de explotación a terceros sin contravenir la Ley de Propiedad Intelectual?", la respuesta que da el texto es un rotundo sí, "Puesto que la Ley de Propiedad Intelectual es proautor y es, precisamente, el autor quien quiere ceder sus derechos de explotación de manera tan amplia."

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  • No me vale el argumento

    (Puntos:3, Inspirado)
    por Defero (14845) el Lunes, 19 Enero de 2009, 20:50h (#1119774)
    ( http://www.obiterdicta.net/ | Última bitácora: Viernes, 16 Enero de 2009, 23:54h )

    Que conste no he leído el texto, y la Propiedad Intelectual, aunque me parece sumamente interesante, no es mi especialidad ni mucho menos. Así que comentaré únicamente la parte citada en esta noticia, como quien habla en la barra de un bar. No me toméis muy en serio:

    "¿puedo ceder de manera tan amplia mis derechos de explotación a terceros sin contravenir la Ley de Propiedad Intelectual?", la respuesta que da el texto es un rotundo sí, "Puesto que la Ley de Propiedad Intelectual es proautor y es, precisamente, el autor quien quiere ceder sus derechos de explotación de manera tan amplia."

    Siguiendo ese modo de argumentar, esto también sería cierto:

    "¿puedo ceder de manera tan amplia mis derechos como arrendatario de vivienda sin contravenir la Ley de Arrendamientos Urbanos?", la respuesta que da el texto es un rotundo sí, "Puesto que la Ley de Arrendamientos Urbanos es proarrendatario y es, precisamente, el arrendatario quien quiere ceder sus derechos de arrendatario de manera tan amplia."

    Pero la realidad nos dice que muchos de los derechos del arrendatario de vivienda son irrenunciables. Por ejemplo, el derecho a prórroga. Y sí, la LAU es bastante "pro-arrendatario" (demasiado para unos, demasiado poco para otros).

    Otro ejemplo tonto:

    "¿puedo ceder de manera tan amplia mis derechos como trabajador sin contravenir el Estatuto de los Trabajadores?", la respuesta que da el texto es un rotundo sí, "Puesto que el Estatuto de los Trabajadores es protrabajador y es, precisamente, el trabajador quien quiere ceder sus derechos de trabajador de manera tan amplia."

    Y de nuevo la realidad nos dice que muchos de los derechos del trabajador son irrenunciables. Por ejemplo, el derecho a descanso semanal. Y sí, el ET es bastante "pro-trabajador" (demasiado para unos, demasiado poco para otros).

    Entonces, ¿permite la LPI la renuncia (o cesión, como queráis) del autor a ciertos de sus derechos (exclusivos)? No lo sé, pero sí sé que la respuesta no puede ventilarse con un "¡pues claro que sí!, ¿no ves que es pro-autor?".

    Por otra parte, ya he tenido suficientes leyes por hoy. A ver si el fin de semana encuentro tiempo para leerme el texto.

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